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Ing. John Redondo
Por: Ing. John Redondo
SABET Ingenieros
23-11-2015

3 Artículos vigentes claves relacionados con software licenciado

La legalidad del software se encuentra incluida dentro de los temas de Derechos de Autor y Propiedad Intelectual que promueve Colombia desde hace varios años a través de diferentes entidades del Gobierno, como la Dirección Nacional de Derechos de Autor y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN), entre otros.

Existen diferentes tipos de software, algunos de ellos necesitan licenciamiento y otros poseen una Licencia Pública General (GNU GPL) que les permite a los usuarios y empresas, usarlo, compartirlo, estudiarlo y modificarlo. Dentro del software que más se utiliza en nuestras Organizaciones podemos mencionar:

- Sistemas Operativos, como Windows, Linux y Mac OS.

- Herramientas de Oficina (Ofimáticas), como Office (Word, Excel, Power Point, Outlook), Adobe (Creative Suite) y Apache OpenOffice.

- Software de aplicación, como los Sistemas de planificación de recursos empresariales (ERP por sus siglas en inglés: Enterprise Resource Planning) y las aplicaciones web.

- Antivirus, como Bitdefender, Kaspersky, McAfee, Avast y AVG.

El marco legal colombiano frente al tema de Derechos de Autor y Propiedad Intelectual, ha ido desarrollando un conjunto de normas que regulan, protegen y penalizan a aquellas personas que violen estos derechos. Así las cosas, me permito mencionar de manera informativa 3 artículos claves de diferentes leyes y decisiones relacionados con el software licenciado, para tener en cuenta en nuestras empresas:

1. Artículo 26 de la Decisión 351 de 1993, Comunidad Andina de Naciones - Régimen común sobre derecho de autor y derechos conexos.

No constituye reproducción ilegal de un programa de ordenador, la introducción del mismo en la memoria interna del respectivo aparato, para efectos de su exclusivo uso personal.

No será lícito, en consecuencia, el aprovechamiento del programa por varias personas, mediante la instalación de redes, estaciones de trabajo u otro procedimiento análogo, sin el consentimiento del titular de los derechos.

2. Artículo 47 de la Ley 222 de 1995 – Por la cual se modifica el libro II del Código de Comercio - Capítulo VI Estados Financieros - Informe de Gestión.

Artículo modificado por la Ley 603 de 2000, El nuevo texto es el siguiente: Art. 1 El Informe de Gestión deberá contener una exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación económica, administrativa y jurídica de la sociedad.

El informe deberá incluir igualmente indicaciones sobre:
… 4. El estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor por parte de la sociedad.

Art. 2 Las autoridades tributarias colombianas podrán verificar el estado de cumplimiento de las normas sobre derechos de autor por parte de las sociedades para impedir que, a través de su violación, también se evadan tributos.

3. Artículo 271 de la Ley 599 de 2000 – Código Penal - Título VIII De los delitos contra los derechos de autor - Violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos.

Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 1032 de 2006. El nuevo texto es el siguiente: Incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes quien, salvo las excepciones previstas en la ley, sin autorización previa y expresa del titular de los derechos correspondientes:

1. Por cualquier medio o procedimiento, reproduzca una obra de carácter literario, científico, artístico o cinematográfico, fonograma, videograma, soporte lógico o programa de ordenador, o, quien transporte, almacene, conserve, distribuya, importe, venda, ofrezca, adquiera para la venta o distribución, o suministre a cualquier título dichas reproducciones.

… 3. Alquile o, de cualquier otro modo, comercialice fonogramas, videogramas, programas de ordenador o soportes lógicos u obras cinematográficas.

Para terminar, es importante que las empresas le den la importancia que se merece al tema del licenciamiento de software e implementen protocolos y políticas que les permitan controlar la adquisición, instalación y uso de programas en sus equipos corporativos y así evitar sanciones administrativas e incluso penales.

¿Tienes conocimiento de otras leyes y artículos que puedan complementar el tema de software licenciado en Colombia?. Déjanos tus comentarios a continuación.

Fuente Imagen: http://abovethelaw.com/wp-content/uploads/2015/07/law-technology-legal-tech-computer-laptop.jpg

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